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Programa PINERA
Programa PINERA: Ayuda para Dotación Estructural a Programas de Investigación en Enfermedades Raras
Plazo de presentación de solicitudes: 03 de marzo hasta el 01 de septiembre de 2025
Convocatoria abierta
Dentro del marco del Programa PINERA, la Fundación Ramón Areces (la “Fundación”) ha considerado oportuno convocar la concesión de una ayuda estructural para dotar a instituciones de naturaleza pública que desarrollen actividades de I+D+i en España de infraestructuras necesarias para garantizar la ejecución de un proyecto de investigación (el “Proyecto”) de calidad en el ámbito de las enfermedades raras (la “Convocatoria”).
El objetivo de esta Convocatoria es mejorar de manera sustancial la infraestructura destinada a las enfermedades raras desde una amplia perspectiva para generar un impacto en la vida de los pacientes. Esta ayuda se concederá una vez al año con un importe de 500.000 euros, para la adquisición, instalación y puesta en marcha de equipamiento científico-técnico.
Bases
I. Requisitos de los solicitantes
Podrán solicitar la ayuda estructural que se otorga mediante esta Convocatoria, los organismos de investigación con personalidad jurídica propia y sin ánimo de lucro, que estén válidamente constituidos y tengan residencia fiscal o un establecimiento permanente en España, y que estén necesariamente incluidos en la siguiente relación (la “Entidad Solicitante”):
- Organismos públicos de investigación.
- Universidades públicas.
- Entidades e instituciones sanitarias públicas, vinculadas con el Sistema Nacional de Salud, que desarrollen actividades de I+D+i.
- Otros centros públicos de I+D+i con personalidad jurídica propia que, en sus estatutos, en la normativa que los regule o en su objeto social, tengan la I+D+i como actividad principal.
Quedan excluidos centros de investigación y universidades de carácter únicamente privado.
II. Condiciones de la ayuda
La dotación económica de 500.000 euros se entregará a una sola Entidad Solicitante, y se realizará en un pago único no más tarde de los 90 días una vez firmado el pertinente Contrato entre la Fundación y la entidad que haya resultado adjudicataria.
La entidad adjudicataria será la encargada de la administración de la dotación, siendo la entidad contratante en su caso de los investigadores correspondientes (cuya contratación no se realizará con cargo a la dotación).
III. Presentación de solicitudes
La solicitud la realizará la Entidad Solicitante y será su director el máximo responsable de la misma (el “Responsable”), a través de la cumplimentación de un formulario online establecido al efecto, que estará disponible en la página web de la Fundación cuando se abra el plazo para presentar las solicitudes el 3 de marzo de 2025. La documentación que debe acompañar a la solicitud se describe en este mismo apartado. El plazo de presentación de las solicitudes finalizará el 1 de septiembre de 2025.
La Entidad Solicitante deberá designar un coordinador del Proyecto (el “Coordinador”) que mantendrá informada a la Fundación del desarrollo del mismo, y que necesariamente tendrá que estar vinculado a la institución donde se desarrolle el mismo. En cualquier caso, la Entidad Solicitante será la encargada de la administración de los fondos destinados al Proyecto presentado en la solicitud.
A la solicitud se adjuntarán los documentos que a continuación se indican, redactados en español, en formato PDF y en archivos separados, siguiendo la convención para el nombre del archivo que se indica en cada caso:
Documentos de la Entidad Solicitante:
- Fotocopia del DNI del Responsable de la Entidad Solicitante: DNI_REC_.pdf
- Autorización firmada del Responsable de la Entidad Solicitante: AUT1_REC.pdf
- Fotocopia del DNI del Coordinador del Proyecto: DNI_COOR_.pdf
Documentos del Proyecto:
- Memoria justificativa sobre la idoneidad del Proyecto, cuya aplicación deberá estar vinculada a un proyecto en el área de enfermedades raras, redactada en español, de un máximo de 25 páginas, que incluya los siguientes apartados: MEM_REC.pdf
Descripción del Proyecto.
Encaje dentro de la Entidad Solicitante.
Detalle de otras fuentes de financiación asignadas al Proyecto especificando duración y cuantías concedidas para tal fin.
Compromisos de recursos internos de la Entidad solicitante, tanto humanos como materiales, para la ejecución del Proyecto, especificando si los recursos ya existen o, en caso de que no existan, con un compromiso por escrito para su asignación al Proyecto.
Potencial impacto del Proyecto en el campo de las enfermedades raras. - Presupuesto detallado del Proyecto con las partidas correspondientes, señalando de manera clara las actuaciones, equipamiento, adquisiciones y trabajos correspondientes y su alineación con la ayuda solicitada. En el caso de que se subcontrate alguna actuación o trabajo (que no deben consistir en el objeto fundamental del Proyecto, sino ser accesorios, en su caso), el adjudicatario deberá velar porque el subcontratista sea diligente y cumpla con los estándares éticos exigibles, de modo que será el adjudicatario quien responda frente a la Fundación de su acción u omisión. PRESU_REC.pdf
- Impreso de información sobre protección de datos y consentimiento. Este documento se descargará de la web y debe estar firmado por el Responsable del centro: RGPD_RES.pdf
Con respecto al presupuesto, no serán elegibles ninguna de las siguientes partidas: gastos de personal, gastos de fungibles, ni gastos de viajes y/o dietas. El abono de la dotación se realizará, en todo caso, a la Entidad Solicitante que resulte adjudicataria. Por tanto, la Fundación no abonará importe alguno a la empresa o empresas que, en su caso, pudieran realizar ciertos trabajos accesorios del Proyecto (bajo la modalidad de subcontrato), cuyas retribuciones deberán ser satisfechas por la Entidad Solicitante adjudicataria.
La cifra total de la ayuda solicitada para el Proyecto debe guardar relación con el alcance de éste. La cifra solicitada debe, así mismo, tomar en consideración las otras fuentes de financiación de que dispone la Entidad Solicitante, siendo indispensable informar sobre este extremo. En todo caso, la cantidad solicitada no deberá exceder los 500.000 €. La ayuda se aplicará a los costes directos de ejecución. No se financian costes indirectos (salvo los señalados anteriormente). El periodo de ejecución de la ayuda concedida no deberá superar el 31 de diciembre de 2027.
IV. Selección de la entidad adjudicataria
Las solicitudes serán estudiadas por el Consejo Científico de Fundación con la ayuda puntual de expertos que pudieran ser precisos. El Consejo Científico seleccionará y priorizará las solicitudes que, a su juicio puedan tener mayor impacto en la calidad de vida de los pacientes con enfermedades raras. Los criterios de valoración se dividirán en tres bloques: la repercusión social del Proyecto y el beneficio para los pacientes, el interés científico del Proyecto estructural y la trayectoria científica y profesional de los solicitantes.
La Fundación comunicará, a través de su Director General, la decisión definitiva a la Entidad Solicitante y al Coordinador del Proyecto que haya resultado seleccionados. La decisión de la Fundación será, en cualquier caso, inapelable.
V. Adjudicación de la ayuda
La ayuda de la Convocatoria de Proyecto Estructural del Programa PINERA será adjudicada antes de que finalice el ejercicio 2025.
VI. Obligaciones de la entidad adjudicataria
- El Responsable de la Entidad Solicitante del Proyecto seleccionado, así como el Coordinador designado por el mismo, suscribirán con la Fundación un contrato relativo a la ejecución del Proyecto. El citado contrato contendrá, asimismo, una cláusula por la que el Responsable de la Entidad Solicitante del Proyecto seleccionado declare expresamente:
Que no ha obtenido una concesión previa de fondos de otra procedencia para financiar todo o parte de dicho Proyecto, fuera de la posible utilización de los consignados en el apartado correspondiente del formulario de su propio Proyecto.
Que en el caso de que se plantease la posibilidad de obtener cualquier tipología de concesión de nuevos fondos para financiar en todo en parte dicho Proyecto, solicitaría el previo visto bueno por escrito al Consejo Científico de la Fundación. - La estructura financiada adquirida con cargo a esta ayuda, bien sean unas instalaciones o aparatos e instrumental, llevarán una placa que indique la contribución de la Fundación Ramón Areces, cuyo contenido será enviado previamente a la Fundación para su revisión y aprobación. Asimismo, las publicaciones y comunicaciones derivadas del Proyecto resultante deberán mencionar a la Fundación Ramón Areces como fuente de financiación en los siguientes términos:
El Proyecto que ha generado estos resultados ha contado con el apoyo de la Fundación Ramón Areces (Programa PINERA: Ayuda para Dotación Estructural a Programas de Investigación en Enfermedades Raras).”
“The project that gave rise to these results received the support of a fellowship from Fundación Ramón Areces (Programa PINERA: Ayuda para Dotación Estructural a Programas de Investigación en Enfermedades Raras).” - Una vez iniciado el Proyecto, el Coordinador del mismo deberá enviar, anualmente, un informe justificativo indicando la ejecución presupuestaria de la ayuda especificando el coste de los trabajos o adquisiciones realizadas. Este informe deberá entregarse en el plazo máximo de 12 meses tras el comienzo del Proyecto, y con carácter anual hasta la ejecución total de la ayuda concedida, remitiendo al acabar un informe final justificativo del gasto.
Esta justificación económica comprenderá toda la documentación que justifique los gastos efectuados con cargo a la ayuda con las facturas o documentos de valor probatorio. Los citados gastos tendrán que adaptarse necesariamente a los conceptos de gasto incluidos en el presupuesto inicial y la memoria del Proyecto. Cualquier modificación surgida durante la realización del Proyecto deberá de ser comunicada y aprobada con carácter previo a su ejecución por la Fundación. - En el plazo máximo de 24 meses a contar desde la finalización del Proyecto, el Coordinador del Proyecto deberá enviar un informe de impacto indicando los resultados obtenidos asociados a la ayuda estructural, el impacto medido en el campo de enfermedades raras, con los parámetros que se consideren adecuados para el Proyecto, y un breve resumen de una página como máximo de estilo divulgativo.
- El Responsable del centro donde se realice el Proyecto tendrá obligación de permitir, eventualmente, el libre acceso de miembros de la Fundación a las instalaciones en los que se desarrollen los trabajos del Proyecto, para la oportuna constatación de los mismos.
- Los derechos de propiedad intelectual o industrial que puedan derivarse de la ejecución del Proyecto corresponderán a la Entidad Solicitante y los autores, según corresponda.
- La entidad adjudicataria colaborará con la Fundación en la difusión pública de los resultados del Proyecto, tanto durante su ejecución, como a su término, debiendo hacer constar la contribución de la Fundación en cualquier publicación o trabajo que se pudiera presentarse.
Asimismo, la entidad adjudicataria se comprometerá, entre otros, a adaptar el resumen de resultados mencionado en este apartado para su posible difusión a través de los distintos canales de la Fundación (blog, revista, videos, WEB…) - Una vez concedida la ayuda, la entidad adjudicataria se comprometerá por escrito a dar su consentimiento para que el nombre de la Entidad, el Coordinador y aquellas personas involucradas en el Proyecto aparezcan en la página web y/o en cualquier otra publicación o actividad de difusión de la Fundación con respecto a la ayuda concedida en esta Convocatoria.
- En el caso de que la entidad adjudicataria (su Responsable o el Coordinador del Proyecto) incumplan las condiciones estipuladas o renuncien a la ayuda concedida, deberán devolver a la Fundación la ayuda recibida (o la parte no ejecutada según el caso), salvo mutuo acuerdo respecto a la continuidad del Proyecto.
- En ningún caso las Entidades Solicitantes podrán contactar con los expertos que participen en los procesos de selección de esta Convocatoria para solicitarles información sobre el estado de su solicitud o cualquier otro aspecto relacionado con el proceso de selección una vez presentada la solicitud. De ocurrir esto, la Entidad Solicitante será descalificada de esta y futuras convocatorias.
VII. Protección de datos
Los datos personales recogidos en las solicitudes para tomar parte en esta Convocatoria y en la documentación anexa que se aporte a la solicitud, así como aquella que se genere a lo largo de la duración del Proyecto, serán tratados conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo y la normativa estatal de protección de datos. Los solicitantes son informados de que sus datos personales serán tratados con la finalidad principal de gestionar la Ayuda solicitada y el correcto desarrollo de esta Convocatoria y, en caso de que otorgue su consentimiento, para enviarle comunicaciones informativas, incluso por vía electrónica, acerca de futuras actividades de la Fundación. Los interesados podrán ejercitar los derechos reconocidos por la normativa de protección de datos dirigiéndose por correo postal a la dirección de la Fundación Ramón Areces, calle Vitruvio n° 5 de Madrid 28006 (Ref. PROTECCIÓN DE DATOS).
En caso de que desee obtener más información en relación con el tratamiento de sus datos personales, puede consultar la Información sobre Protección de Datos del Proyecto Pinera – Proyecto Estructural.
La presentación de la solicitud supone la aceptación y cumplimiento sin reserva y excepción alguna de todas las condiciones de esta Convocatoria. Asimismo, los solicitantes se comprometen a aceptar sin reservas la decisión de la Fundación, la cual no podrá ser revocada en ningún caso a instancia de los solicitantes.
Información general
Las solicitudes se presentarán mediante el botón que estará disponible en la página web de la Fundación del 3 de marzo hasta el 1 de septiembre de 2025.
Para más información puede dirigirse a: programapinera@fundacionareces.es
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